Enconclusión, ¿Puede ser presidente de la comunidad el hijo de un propietario?. El hijo del Presidente puede ejercer el cargo en ciertas ocasiones y para ciertos asuntos, siempre que tenga el consentimiento del Presidente y de la junta de propietarios. No obstante, si el Presidente está incapacitado para ejercer sus funciones de forma Enaquellas comunidades conflictivas, es frecuente que la Junta de Propietarios designe a un presidente y éste no quiera o no pueda ejercer dicho cargo. Especialmente en designaciones por sorteo o turno. El cargo de presidente es obligatorio y debe ser ejercido por un propietario. No hacer nada es un error, pues no libera de
\n \n ser presidente de la comunidad

Asílo especifica el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal española. En él se afirma que el presidente de la comunidad de vecinos será nombrado como fruto de una votación entre todos los participantes en junta general o, por el contrario, de forma subsidiaria mediante sorteo o turno rotatorio.

Holalos presidentes de comunidades o barriales como se dice en mi pais Ecuador, no tenemos la obligacion de darles sino solo y unicamente es tramitarles gestionando ante las autoridades municipales y/o tras, ellos son los responsables directos de velar por el buen vivir ciudadano, por que los presidentes de comunidad no
Sieres propietario de una vivienda en una comunidad de vecinos, es posible que te hayas preguntado alguna vez si tu hijo o hija podría ser presidente de la comunidad. Aunque la respuesta puede variar según las circunstancias de cada caso, en general sí es posible que un hijo de un propietario sea presidente de la comunidad.
ElPresidente de la Comunidad ostenta, a todos los efectos, la representación de la Comunidad, por disponerlo tanto la ley como las Ordenanzas. El Secretario comparece para firmar junto con el Presidente, pero sin representación, es decir, únicamente en calidad de fedatario y garante de la legalidad de los actos.
Elartículo 13 de la LPH especifica que “el presidente ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten”.Aunque la figura del vicepresidente no es obligatoria, en el caso de que exista, se encargará de sustituir al presidente cuando esté ausente, vacante o imposibilitado.
Vivirfuera de la comunidad: Si una persona vive lejos de la urbanización o bloques de pisos, no podrá cumplir con sus obligaciones y por tanto puede renunciar al
Adaminaignoro si en la comunidad autonoma catalana, el cargo de presidente lo puede ejercer alguien que no sea propietario, en el resto de las comunidades, eso no es posible. Art.13.2 LPH. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. Aceptacióndel cargo de presidente de la comunidad. Sepa si es obligatoria la aceptación del cargo de presidente de la comunidad, o el de secretario o administrador. En muchas ocasiones nos ocurre, viviendo en un piso dentro de una comunidad de propietarios y/o vecinos, que nos toca ser presidentes de la Funcionesejecutivas El presidente de la comunidad de propietarios tiene funciones ejecutivas que le permiten tomar decisiones en beneficio de la comunidad. LasComunidades de Propietarios suelen ser una frecuente fuente de conflictos en la que un adecuado asesoramiento se hace imprescindible. En esta ocasión, haremos referencia a un interesante caso real en el que Rodrigo Abogados tuvo ocasión de intervenir en defensa de los intereses de una Comunidad, frente a un propietario que se negaba a abonar
LaLey de Propiedad Horizontal establece que la duración del cargo de Presidente de la Comunidad, y la del resto de órganos de gobierno, será de un año salvo que los estatutos dispongan otra cosa al respecto. “ Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se
Aveces ocurre que hemos sido elegidos presidentes de nuestra comunidad de vecinos pero por cualquier motivo volvemos a ser reelegido, a pesar de que tampoco se tenía intención de ser de nuevo elegido. Por ello, renunciar al cargo puede resultar una odisea. En principio, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que el cargo es
Alrespecto de la nulidad del nombramiento como presidente de quien no es propietario, cita como más reciente, la STS de 23 de septiembre de 2015 (num. 514/2015), que a su vez cita otras -STS núm. 901/2008, de 14 octubre, Rec. 948/2002, y 30 de junio de 2005-, donde se establece que el artículo 12 -hoy artículo 13- de la LPH es imperativo

Segúnesta ley, existen diferentes órganos de la comunidad: la junta, el presidente y en algunos casos, los vicepresidentes, el secretario y el administrador. Respondiendo a la pregunta, tal y como la Ley de Propiedad Horizontal indica, el presidente puede ser cualquier persona que sea titular de una vivienda en el edificio.

I- La representación de la comunidad como la función externa primordial del Presidente de la comunidad de propietarios. Dispone el artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal (a partir de ahora, LPH) que la principal función del presidente de la comunidad de propietarios es la de ostentar legalmente la representación de la
Elpresidente de la comunidad tiene que ser un propietario en este caso por lo que cuenta su madre, la única forma de liberarse es solicitárselo a un juez y que este les de la razón en el plazo de 30 días desde el nombramiento en virtud del Art. 13.2 LPH. Otra forma es convencer a sus vecinos por algún motivo más que justificado y que le
Deacuerdo con lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley de Propiedad Horizontal, en el caso de ausencia del Presidente de la comunidad en la Junta, será sustituido por el Vicepresidente. Si la comunidad no tuviera establecido el cargo de Vicepresidente, o en el caso de tenerlo tampoco asistiera a la Junta, los reunidos nombrarán entre ewpwZ.